Jubilado o Pensionado

Permiso de residencia permanente

en calidad de jubilado o pensionado (ppt-jp)

Extranjeros que reciben jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él y cuenta con suficientes medios económicos para sufragar todos sus gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a mil balboas (B/.1,000.00) y debe estar concedida en forma vitalicia.

Tiempos del Proceso

Debe venir a la República de Panamá al menos tres veces:

Podemos modificar los tiempos de su proceso en el caso de ser necesario.

Excepciones a la regla

La certificación que demuestre la condición de jubilado o pensionado podrá ser de setecientos cincuenta balboas (B/. 750.00) en los casos que:

  • El solicitante ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00).

Nota:

  1. En los casos de los cónyuges se podrá optar por acreditar las sumas de ambos para cumplir con el mínimo de la pensión establecida que es de mil balboas (B/.1,000.00).
  2. En los casos de hijos dependientes, su permiso será temporal hasta que cumplan veinticinco (25) años siempre y cuando prueben que realizan estudios completos, no obstante, no tendrán derecho a la permanencia ni a la condición de pensionado. A excepción de aquellos hijos dependientes que sufran una discapacidad profunda comprobada.

Requisitos

Requisitos

La Visa de Regreso Múltiple es opcional solamente si va a realizar viajes dentro de los seis (6) meses siguientes, equivalente a la duración de su carné de trámite. Este es un sello que va estampado en su pasaporte una vez tenga su carné provisional de 6 meses mientras que el trámite es revisado por migración.

Luego de la fotografía del carné el pasaporte debe ingresar a Migración por 72 horas para el estampado. Si usted viaja con su carné provisional de 6 meses y no tiene este sello en su pasaporte puede incurrir en una multa de USD 2,000.00 al momento de volver a entrar al país.