Visa Profesional
Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no esté limitada por las carreras restringidas por la República de panamá.
En Panamá existen 25 carreras que no pueden ser ejercidas por extranjeros, a menos que tengan un permiso especial.
En caso de que usted mantenga una profesión que no se encuentre en la siguiente lista, podrá proceder a realizar la debida Homologación o Reválida en la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica para aplicar al trámite migratorio.
Profesiones Restringidas
Enfermería Ley 1 de 1954 | Barbería y cosmetología Ley 4 de 1956 |
Odontología Ley 22 de 1956 | Ingeniería y Arquitectura Ley 15 de 1959 |
Ciencias agrícolas Ley 22 de 1961 | Farmacia Ley 24 de 1963 |
Quiroprácticos Decreto 8 de 1967 | Nutrición Decreto 362 de 1969 |
Medicina Decreto 196 de 1970 | Psicología Ley 56 de 1975 |
Asistente médico Decreto 32 de 1975 | Contabilidad Ley 57 de 1978 |
Periodismo Ley 67 de 1978 | Laboratoristas Ley 74 de 1978 |
Relaciones Públicas Ley 37 de 1980 | Fonoaudiología, terapistas y similares Ley 34 de 1980 |
Economía Ley 7 de 1981 | Trabajo Social Ley 17 de 1981 |
Medicina Veterinaria Ley 3 de 1983 | Fisioterapia Ley 47 de 1984 |
Radiología Médica Ley 42 de 1980 | Derecho Ley 9 de 1984 |
Asistente dental Ley 21 de 1994 | Sociología Ley 1 de 1996 |
Química Ley 45 de 2001 | Ingenierías: Civil, Química y Forestal. |
Educación en las siguientes menciones: Historia, Geografía y Cívica (El resto de las menciones sí son permitidas). Ley 47 de 2946 |
Pasos a seguir para homologar un titulo universidad.
- Carta de solicitud en papel simple, dirigida a la Secretaria General de la Universidad, Mgter. Nereida Elizabeth Herrera Tuñon, en la cual anotará sus generales, el título que desea tramitar, describir de forma clara el propósito de la solicitud y cualquier otra información pertinente.
- Diploma debidamente autenticado por las autoridades diplomáticas o consulares panameñas acreditadas en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá o el sello de Apostille.
- Boletín informativo u otra publicación oficial de la Universidad que otorgó el título, donde consten los datos sobre el Sistema Académico de la Institución, Plan de Estudios y Programas de Asignaturas, autenticados por las autoridades diplomáticas o consulares panameñas acreditadas en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá o el Sello de Apostille.
- Registro de Calificaciones correspondientes a las asignaturas estudiadas, debidamente autenticado por las autoridades diplomática so consulares panameñas acreditadas en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones de la República de Panamá o el sello de Apostille.
- Pasaporte o Certificado, que compruebe la nacionalidad del interesado, debidamente autenticados por las autoridades diplomáticas o consulares panameñas acreditadas en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá o el Sello de Apostille.
- Dos fotografías tamaño carné.
OBSERVACIONES
- Todos los documentos expedidos en otros idiomas deben ser presentados traducidos al español por un traductor oficial.
- Presentar los respectivos originales de todos los documentos.
- Presentar dos (2) juegos de copias de lo establecido en los puntos 1, 2, 4, 5, 7.
- Presentar un (1) juego de copias de lo establecido en el punto 3.
- Presentar Original de recibo de pago de B/. 500.00 y dos copias.
- Presentar los documentos en sobre amarillo membretado que se paga en la Caja General y se retira en la Secretaria General, Ventanilla N. 1.
- No se devolverá el importe pagado.
- Toda la documentación se entrega en la Sección de Registros de Docentes de la Secretaria General.
REQUISITOS
- Poder y Solicitud
- Tres (3) fotografías
- Copia debidamente cotejada del pasaporte
- Certificado de antecedentes penales de su país debidamente apostillado.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por USD 250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque certificado por USD 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Copia del diploma o título universitario, licenciatura, maestría o doctorado debidamente apostillado o autenticado.
- Cumplir con el Proceso de homologación o reválida ante las autoridades nacionales correspondientes en este caso la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica.
La Visa de Regreso Múltiple es opcional solamente si va a realizar viajes dentro de los seis (6) meses siguientes, equivalente a la duración de su carné de trámite. Este es un sello que va estampado en su pasaporte una vez tenga su carné provisional de 6 meses mientras que el trámite es revisado por migración. Luego de la fotografía del carné el pasaporte debe ingresar a Migración por 72 horas para el estampado. Si usted viaja con su carné provisional de 6 meses y no tiene este sello en su pasaporte puede incurrir en una multa de USD 2,000.00 al momento de volver a entrar al país.
OBSERVACIONES
Debe venir a la República de Panamá al menos tres veces:
- La primera visita, 10 días laborales o el equivalente a dos semanas. En esta visita registramos su Pasaporte y aperturamos su cuenta bancaria personal. Luego procederemos a la presentación de la solicitud, fotografía de carnet de trámite y obtención de su permiso de entrada/salida múltiple (si planea viajar fuera del país mientras se aprueba la solicitud)
- Segunda visita, Notificación de Permiso de Residencia Aprobado y toma de fotografía de carnet migratorio de residente provisional.
Podemos modificar los tiempos de su proceso en el caso de ser necesario.
Este permiso lleva un carnet de dos (2) años, cumplido el término, deberá renovar el permiso para aplicar a su Residencia Permanente y cédula E.
REQUISITOS
- Poder y solicitud mediante abogado en papel simple, original y copia.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración, donde conste el estatus migratorio del solicitante (8.00 de timbres).
- Copia debidamente cotejada ante Notario Público del carné aprobado o en trámite emitido por el Servicio Nacional de Migración, o copia del carné de Residente Permanente, autentificada por la Dirección Nacional de Cedulación.
- Copia del diploma o título universitario cotejado ante notario público panameño, licenciatura, maestría o doctorado, debidamente apostillado o legalizado.
- Cuatro fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.
Parágrafo 1. Cuando se solicite la prórroga de esta clase de permiso no será necesario presentar el documento señalado en el literal D.
Nota: Se otorga por el término de dos (2) años y se renueva por el término de tres (3) años prorrogables por el mismo término. Para la prorroga se debe adicionar el siguiente requerimiento; pagó de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.