Tratado Panamá – Italia
Este permiso es otorgado a los extranjeros de nacionalidad italiana que deseen establecer su residencia indefinidamente en la República de Panamá.
Se establece en los tratados de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República de Italia.
- Poder y Solicitud.
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar).
- Copia del documento de identidad o carné de residencia italiano.
- En caso de dependientes:
- Carta de responsabilidad.
- Constancia de parentesco.
- Prueba de domicilio.
- Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.
- Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo de por lo menos cuatro cifras medias.
Para satisfacer este punto, el solicitante deberá demostrar que posee al menos $5,000 Dólares Americanos en una cuenta bancaria de Panamá y $2,000 Dólares adicionales por cada dependiente, en caso de tenerlos. Si la solvencia económica no es evidente, la aprobación estará sujeta al juicio y discreción del oficial de migración.
La Visa de Regreso Múltiple es opcional solamente si va a realizar viajes dentro de los seis (6) meses siguientes, equivalente a la duración de su carné de trámite. Este es un sello que va estampado en su pasaporte una vez tenga su carné provisional de 6 meses mientras que el trámite es revisado por migración. Luego de la fotografía del carné el pasaporte debe ingresar a Migración por 72 horas para el estampado. Si usted viaja con su carné provisional de 6 meses y no tiene este sello en su pasaporte puede incurrir en una multa de USD 2,000.00 al momento de volver a entrar al país.
Tiempos del Proceso
Debe venir a la República de Panamá al menos tres veces:
La primera visita, 10 días laborales o el equivalente a dos semanas. En esta visita registramos su Pasaporte y aperturamos su cuenta bancaria personal. Luego procederemos a la presentación de la solicitud, fotografía de carnet de trámite y obtención de su permiso de entrada/salida múltiple (si planea viajar fuera del país mientras se aprueba la solicitud)
Segunda visita, Notificación de Permiso de Residencia Aprobado y toma de fotografía de carnet migratorio de residente permanente.
- Tercera visita, Fotografía de su cédula E.
Podemos modificar los tiempos de su proceso en el caso de ser necesario.